Artículo 362 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Todos los que tengan conocimiento de los hechos que las partes deban probar, están obligados a declarar como testigos.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 11 DE OCTUBRE DE 2016)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.