Artículo 373 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si el testigo se encuentra en alguno de los supuestos señalados por el artículo 71, se tomará su declaración en la forma prevista en el mismo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.