Artículo 946 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el caso de que el original haya sido destruido o robado se procederá como se dispone en los artículos anteriores, una vez que el encargado del Registro correspondiente remita copia certificada del asiento del registro relativo al testamento ológrafo en el libro correspondiente.
Sección 11a.
De la Declaración de ser Formal el Testamento Privado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.