Artículo 2.7 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 2.7.- No procede la acción plenaria de posesión, en los casos e n que ambas posesiones fuesen dudosas o el demandado tuviere su título registrado y el actor no, así como contra el legítimo dueño.
Acción negatoria y confesoria
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.