Artículo 4.10 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 4.10.- La resolución que niegue el concurso, será apelable con efecto suspensivo; la que lo conceda, sin efecto suspensivo.
Del síndico
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.