Artículo 4.35 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 4.35.- Si durante la tramitación de un intestado se exhibe el testamento, se sobreseerá aquél, para iniciar el juicio testamentario, a no ser que se refiera a una parte de los bienes hereditarios. En este caso se acumularán los juicios y el albacea será el testamentario; la liquidación y partición serán comunes; los inventarios lo serán cuando se ac umulen antes de su formación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.