Artículo 4.67 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Código de Procedimientos Civiles del Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 4.67.- Aprobada la cuenta general de administración, dentro de los quince días siguientes el albacea presentará proyecto de partición de los bienes; si no lo pudiere hacer por sí mismo, lo manifestará al Juez dentro de los tres días de aprobada la cuenta, a fin de que se nombre un partidor.
Remoción del albacea
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.