Artículo 403 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La confesión extrajudicial hará prueba plena, si el juez incompetente ante quien se hizo, era competente en el momento de la confesión o las dos partes lo reputaban como tal o se hizo en la demanda o contestación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.