Artículo 58 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las actuaciones judiciales y los ocursos deberán escribirse en castellano.
Los documentos redactados en idioma extranjero deberán acompañarse con la correspondiente traducción al castellano. Las fechas y cantidades se escribirán con letra.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.