Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 621 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El compromiso será válido, aunque no se fije plazo del juicio arbitral y, en este caso, la misión de los árbitros durará cien días, si se tratare de juicio ordinario, y sesenta días, si el negocio fuere sumario. El plazo se cuenta desde que se acepte el nombramiento.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 621 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro?

El compromiso será válido, aunque no se fije plazo del juicio arbitral y, en este caso, la misión de los árbitros durará cien días, si se tratare de juicio ordinario, y sesenta días, si el negocio fuere sumario. El…

¿Está vigente el artículo 621?

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