Artículo 712 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
De los decretos y autos del Tribunal Superior, aun de aquellos que, dictados en primera instancia, sería apelables, puede pedirse reposición que se substanciará en la misma forma que la revocación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.