Artículo 847 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el inventario se incluirán los bienes litigiosos, indicándose esta circunstancia, la vía en que se siga, la persona contra quien se litiga, la causa del pleito y el juez que conozca de él.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.