Artículo 85 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Quedan abolidas las antiguas fórmulas de la sentencia hasta con que el juez apoye sus puntos resolutivos en preceptos legales o principios jurídicos, de acuerdo con el artículo 14 constitucional.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.