Artículo 882 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Presentado el proyecto, mandará el juez ponerlo a la vista de los interesados por cinco días.
Si los interesados están conformes o nada exponen dentro del plazo de la vista, lo aprobará el juez y mandarán abonar a cada uno la porción que le corresponda.
La inconformidad expresa se substanciará en forma incidental.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.