Artículo 12 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En… Por… Las… Se… Deberán… Las actuaciones judiciales que consten por escrito, deberán ser firmadas, bajo pena de nulidad, por los servidores públicos a quienes corresponda realizarlas, dar fe o certificar el acto.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.