Artículo 5 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los Ayuntamientos del Estado podrán crear Coordinaciones Municipales en relación con el Instituto para darles atención directa a los jóvenes, las cuales tendrán las siguientes funciones:
I. - Promover, impulsar y difundir los programas del Instituto, el cual brindará apoyo técnico para la realización de los mismos;
II.- Informar al Director General del Instituto, sobre las actividades y avances de los programas que desarrollan;
III. y IV.-…
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.