Artículo 1129 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El proyecto de partición se sujetará en todo caso a la designación de 230 CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE YUCATÁN H. Congreso del Estado de Yucatán Última Reforma D.O. 28 - Enero-2010 Oficialía Mayor Unidad de Servicios Técnico-Legislativos Ultima partes que hubiere hecho el testador.
A falta de convenio entre los interesados, se incluirán en cada porción bienes de la misma especie si fuere posible.
Si hubiere bienes grabados se especificarán los gravámenes, indicando el modo de redimirlos o dividirlos entre los herederos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.