Artículo 284 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las respuestas de los testigos se asentarán en su presencia literalmente, sin abreviaturas, pudiendo ellos mismos escribirlas o dictarlas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.