Artículo 338 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Sentencia definitiva es la que decide el negocio principal. Sentencia interlocutoria es la que decide un incidente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.