Artículo 395 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Todo lo que en este Título se dispone respecto de la sentencia ejecutoriada, comprende las transacciones, los convenios y el juicio de contadores, de que tratan los artículos 392 y 393.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.