Artículo 412 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
De las resoluciones dictadas para la ejecución de una sentencia, no se admitirá otro recurso que el de responsabilidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.