Artículo 419 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Es competente para ejecutar las resoluciones a que este Capítulo se refiere, el Juez que lo sería para seguir el juicio en que se dictó.
CAPITULO III De las sentencias dictadas por tribunales extranjeros
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.