Artículo 713 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el mismo auto en que se decrete la suspensión de la obra, el Juez citará a las partes para una audiencia verbal que se verificará dentro de tres días.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.