Artículo 825 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Notificada la sentencia de los árbitros o la del tercero en su caso, se pasarán los autos al Juez ordinario para la ejecución del fallo. Lo mismo se practicará 167 CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE YUCATÁN H. Congreso del Estado de Yucatán Última Reforma D.O. 28 - Enero-2010 Oficialía Mayor Unidad de Servicios Técnico-Legislativos Ultima para la ejecución de los autos y decretos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.