Artículo 969 de Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La mujer casada puede hacer cesión de bienes, cuando haya separación de bienes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.