Artículo 1073 de Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1073. Las sentencias y convenios emitidos en un procedimiento oral, se ejecutarán de acuerdo a las formalidades establecidas en el
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.