Artículo 743 de Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 743 El concursado en el caso de concurso forzoso deberá presentar al juzgado dentro de los cinco días de la notificación del auto que lo declare, un estado detallado de su activo y pasivo con nombres y domicilio de acreedores y deudores, privilegiados y valistas (sic); si no lo presentare lo hará el síndico.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.