Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 1000 de Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal — Colima

Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La audiencia preliminar tiene por objeto:

I. La depuración del procedimiento;

II. La conciliación de las partes por conducto del Juez;

III. La fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos;

IV. La fijación de acuerdos probatorios;

V. La admisión de pruebas, y;

VI. La citación para audiencia de juicio.

N. DE E. EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DEL PRESENTE ARTÍCULO, VÉASE TRANSITORIO SEGUNDO DEL DECRETO QUE MODIFICA EL CÓDIGO.

(REFORMADO, G.O. 20 DE SEPTIEMBRE DE 2012)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1000 de Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal — Colima?

La audiencia preliminar tiene por objeto: I. La depuración del procedimiento; II. La conciliación de las partes por conducto del Juez; III. La fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos; IV. La fijación de…

¿Está vigente el artículo 1000?

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