Artículo 375 de Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal — Colima
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los escritos y notas taquigráficas pueden presentarse por vía de prueba, siempre que se acompañe la traducción de ellos, haciéndose especificación exacta del sistema taquigráfico empleado.
(REUBICADA, D.O.F. 14 DE MARZO DE 1973)
SECCION VIII De la fama pública
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.