Artículo 603 de Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal — Colima
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El juez que reciba despacho u orden de su superior para ejecutar cualquiera diligencia, es mero ejecutor y en consecuencia no dará curso a ninguna excepción que opongan los interesados, y se tomará simplemente razón de sus respuestas en el expediente, antes de devolverlo.
(ADICIONADO, D.O.F. 7 DE ENERO DE 1988)
CAPITULO VI De la Cooperación Procesal Internacional (REFORMADO Y REUBICADO, D.O.F. 7 DE ENERO DE 1988)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.