Artículo 607 de Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal — Colima
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El exhorto del juez o tribunal requirente deberá acompañarse de la siguiente documentación:
I.- Copia auténtica de la sentencia, laudo o resolución jurisdiccional;
II.- Copia auténtica de las constancias que acrediten que se cumplió con las condiciones previstas en las fracciones IV y V del artículo anterior;
III.- Las traducciones al español que sean necesarias al efecto; y IV.- Que el ejecutante haya señalado domicilio para oír notificaciones en el lugar de la homologación.
(REFORMADO Y REUBICADO, D.O.F. 7 DE ENERO DE 1988)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.