Artículo 787 de Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal — Colima
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La tercera sección se llamará de administración y contendrá:
I.- Todo lo relativo a la administración;
II.- Las cuentas, su glosa y calificación;
III.- La comprobación de haberse cubierto el impuesto fiscal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.