Artículo 374 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Baja California Sur
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En los supuestos de presunciones legales que admiten prueba en contrario opera la inversión de la carga de la prueba.
SECCION X De la audiencia
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.