Artículo 692 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Baja California Sur
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el auto de calificación de pruebas, la sala ordenará se reciban en forma oral y señalará la audiencia dentro de los veinte días siguientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.