Artículo 954 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Baja California Sur
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El actor tiene derecho de acompañar a la persona encargada de llevar la cita, para hacer las indicaciones que faciliten la entrega.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.