Artículo 57 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Durango
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En las actuaciones judiciales no se emplearán abreviaturas, ni se rasparán las frases equivocadas, sobre las que solo se pondrá una línea delgada que permita la lectura salvándose al fin con toda precisión, el error cometido.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.