Artículo 876 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Durango — Durango
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Durango — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
De la resolución que niegue la declaración solicitada pueden apelar el promovente y cualquiera de las personas interesadas en la disposición testamentaria, de la que acuerde la declaración puede apelar el representante del Ministerio Público.
CAPITULO XII.
Del testamento militar.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.