Artículo 930 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Durango — Durango
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Durango — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La competencia de los Juzgados Municipales y Auxiliares se determinará por lo que disponga la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.
(REFORMADO, P.O. 14 DE JULIO DE 1977)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.