Artículo 956 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Durango
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En caso necesario, previa orden especial escrita del juez, se podrán practicar cateos y romper cerraduras en cuanto fuere indispensable para encontrar bienes bastantes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.