Artículo 373 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los autos que en segunda instancia resuelvan un incidente no admiten recurso alguno.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.