Código de Proc. Civiles estatal

Artículo 528 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato

Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El postor no puede rematar para un tercero sino con poder bastante, quedando prohibido hacer postura sin declarar desde luego el nombre de la persona para quien se hace.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 528 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato?

El postor no puede rematar para un tercero sino con poder bastante, quedando prohibido hacer postura sin declarar desde luego el nombre de la persona para quien se hace.

¿Está vigente el artículo 528?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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