Artículo 581 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El albacea manifestará, dentro de tres días de hacérsele saber el nombramiento, si acepta y protesta desempeñar su encargo con arreglo a la ley.
Es aplicable al albacea lo dispuesto por la fracción IV del artículo 573.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.