Artículo 611 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los que comparezcan a consecuencia de dichos llamamientos, deberán expresar, por escrito, el grado de parentesco en que se hallen con el causante de la herencia, justificándolo con los correspondientes documentos, acompañados del árbol genealógico, en la parte relativa al entroncamiento. Estos escritos y documentos se unirán a la sección de sucesión, por el orden en que se vayan presentando.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.