Artículo 628 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si los reclamantes fueren varios e idénticas sus oposiciones, deberán nombrar representante común en la audiencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.