Artículo 656 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Aprobada la cuenta general de administración, dentro de los quince días siguientes presentará el albacea el proyecto de partición de los bienes, en los términos que dispone el Código Civil y con sujeción a este capítulo, o, si no hiciere por si mismo la partición, lo manifestará al juez, dentro de los tres días de aprobada la cuenta, a fin de que se nombre contador que haga aquélla.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.