Artículo 764 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para el ejercicio de cualesquiera de las acciones previstas en este capítulo, el actor deberá exhibir con su demanda el contrato de arrendamiento celebrado por escrito. Cuando el contrato no se hubiese celebrado por escrito, las controversias sobre arrendamiento inmobiliario y demás acciones a que se refiere este capítulo se seguirán en la vía ordinaria.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.