Artículo 209 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el mismo acto de la diligencia intimará el Juez al marido que no moleste a su mujer ni al depositario, bajo apercibimiento de procederse contra él a lo que hubiere lugar.
Independientemente de lo anterior, el Juez puede dictar las medidas que estime prudentes a efecto de evitar las molestias contra la mujer y depositario.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.