Artículo 261 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Juez o tribunal que de las actuaciones de la incompetencia deduzca que se interpuso sin razón y con el claro propósito de alargar o entorpecer el juicio, impondrá una multa a la parte promovente, que no excederá del equivalente a cien veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, según la importancia del litigio y además pagará las costas causadas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.