Artículo 273 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Queda abolida la práctica de oponer excepciones o defensas contradictorias, aun cuando sea con el carácter de subsidiarias, debiendo los Jueces desechar éstas de plano.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.