Artículo 415 de Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El dictamen de peritos y la prueba testimonial serán valorizados según el prudente arbitrio del Juez.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.